El Tribunal de Estrasburgo condenó ayer a España por violar la libertad de expresión del periodista José Luis Gutiérrez cuando dirigía «Diario 16», por un artículo que vinculaba al rey Hasan II de Marruecos con el narcotráfico. El periódico publicó, en 1995, un reportaje firmado por Rosa M. López, referido a la captura en Algeciras de un alijo de hachís en un camión de «Dominios Reales», sociedad perteneciente a la familia real marroquí. El rey presentó una demanda contra la editora del periódico, su director y la redactora, en la que les acusaba de silenciar que la operación había sido organizada por tres ciudadanos españoles sin vinculación con la empresa. Los tres fueron condenados a indemnizar al monarca.
La sentencia del Tribunal Europeo dice ahora que el público español y los lectores «tenían derecho a ser informados de un tráfico de droga que parecía estar relacionado» con Hasan II. Y añade que el artículo se refería «a las informaciones que la periodista tenía en el momento de su redacción» y «no se puede exigir» que se conozca una sentencia dos meses antes de ser dictada. Recuerda que ni el Tribunal Supremo ni el Constitucional «negaron el hecho de que el contenido de la información se correspondía esencialmente con la realidad».
El Tribunal de Estrasburgo condenó ayer a España por violar la libertad de expresión del periodista José Luis Gutiérrez cuando dirigía «Diario 16», por un artículo que vinculaba al rey Hasan II de Marruecos con el narcotráfico. El periódico publicó, en 1995, un reportaje firmado por Rosa M. López, referido a la captura en Algeciras de un alijo de hachís en un camión de «Dominios Reales», sociedad perteneciente a la familia real marroquí. El rey presentó una demanda contra la editora del periódico, su director y la redactora, en la que les acusaba de silenciar que la operación había sido organizada por tres ciudadanos españoles sin vinculación con la empresa. Los tres fueron condenados a indemnizar al monarca.
La sentencia del Tribunal Europeo dice ahora que el público español y los lectores «tenían derecho a ser informados de un tráfico de droga que parecía estar relacionado» con Hasan II. Y añade que el artículo se refería «a las informaciones que la periodista tenía en el momento de su redacción» y «no se puede exigir» que se conozca una sentencia dos meses antes de ser dictada. Recuerda que ni el Tribunal Supremo ni el Constitucional «negaron el hecho de que el contenido de la información se correspondía esencialmente con la realidad».
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