La pretendida ‘neutralidad’ de Human Rights Watch

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Domingo, 21 de diciembre de 2008, a las 11:00:10

Solidaridad

La pretendida ‘neutralidad’ de Human Rights Watch

Estos últimos días, y sin que sirva de precedente, los medios de comunicación van llenos de noticias sobre el Sáhara a raíz de la publicación del informe de la organización Human Rights Watch (HRW) sobre ‘Los derechos humanos en el Sahara Occidental y los campos de refugiados de Tinduf". A continuación de este comentario, os facilitamos diferentes enlaces para que podáis leer la información y extraer vuestras propias conclusiones con libertad de criterio. (SR)

Si nos gustaría antes dar nuestra opinión. Hemos tenido acceso a un amplio resumen de dicho informe y su lectura nos ha apenado profundamente. A nuestro entender, el informe, en su conjunto, es absolutamente cuestionable, pues está cargado de ambigüedades, incoherencias, afirmaciones sucesivas que resultan contradictorias entre ellas, acusaciones veladas (o no veladas) realizadas sin aportar ningún dato, confusión de diferentes planos de la realidad mezclados sin distinción alguna, equiparación de realidades ‘supuestamente opresivas’ que se asemejan tanto como el día a la noche, acusaciones iniciales que posteriormente son desmentidas o matizadas, descontextualización de las violaciones de los derechos humanos denunciados (banalizando así por completo sus causas). A esto hay que sumarle desconocimiento (en el mejor de los casos), falta de rigor, frivolidad y, como consecuencia, elaboración de falsedades; también prepotencia, en unos casos (por ejemplo, al despreciar el descomunal conocimiento que le podría aportar a HRW la enorme cantidad de organizaciones solidarias que visitan a diario los campamentos de refugiados de Tinduf, seguramente una de las comunidades -la saharaui en el exilio- más observada del mundo), y silencio, en otros (nada dice HRW sobre la reiterada negativa de Marruecos a permitir la entrada de misiones de observadores internacionales en el Sáhara ocupado), etc., etc. Al final, resulta francamente patético que un informe que pretende denunciar la violación de los derechos humanos de expresión, asamblea y manifestación, no sólo no se pronuncie, sino que incluso ofrezca implícitamente legitimidad a la negación del mayor derecho que, en el caso de los saharauis, es el origen de todos sus males, el derecho a votar si desean ser independientes o no, cuestión que está legalmente reconocida por las Naciones Unidas al tratarse de un pueblo pendiente de descolonización, un proceso que Marruecos impide desde hace más de 30 años mediante una ocupación ilegal en la que HRW tampoco entra:

‘Recomendaciones a Estados Unidos y a Francia

Estados Unidos y Francia han expresado su apoyo con reservas al plan de autonomía de Marruecos. Estos dos países, junto con cualquier otro que apoye el plan de autonomía o cualquier otra propuesta para la resolución del conflicto del Sahara Occidental, deben condicionar explícitamente dicho apoyo al compromiso de las autoridades de respetar plenamente los derechos humanos de todos los ciudadanos, lo que incluye el derecho a expresarse y actuar de manera no violenta a favor de sus ideales sobre el futuro político del Sahara Occidental’.

A HRW le importa un pimiento que los saharauis puedan votar o no la independencia mientras puedan expresar ‘libremente’ que son favorables a ella... aunque esto les sirva de poco. Porque como todos sabemos, ese plan de autonomía de Marruecos excluye rotundamente la posibilidad de someter a votación la opción de la independencia. No es casual, pues, que el informe haya sido presentado en Rabat con el consentimiento de las autoridades marroquíes.

Somos plenamente conscientes de que este artículo es el peor de los que hicimos hasta ahora en el blog, pero ni tenemos el tiempo necesario para dedicarnos a detallar la crítica efectuada ni creemos ser los más idóneos para hacer la contrarréplica que merece el informe. Y, sobretodo, porque estamos casi seguros de que algún (o más de un) compañero o compañera jurista y/o especialista en el conflicto del Sáhara Occidental, estará ya dándole a las teclas del ordenador para poner las cosas en su sitio. Cuando eso ocurra y se publique, se entenderá mejor todo lo que hace un momento dijimos. Ahora nos apretaba la urgencia de decir ¡basta ya!, por muy Human Rights Watch que sea.

También queremos dejar claro, por si acaso, que no nos negaremos jamás a aceptar las críticas que razonadamente se demuestren -ni tampoco las mejoras que de ellas se desprendan- en materia de derechos y libertades. También en la RASD, si hiciera falta. Ahora o más adelante.

De todas maneras, el informe, en su globalidad, tiene un par de aspectos positivos. A los ojos de cualquier lector inteligente, no hay color, a la hora de emitir un juicio moral de condena, entre las fechorías que cometen unos (Marruecos) y las supuestas y ambiguas responsabilidades que se le atribuye a la otra parte (el Polisario).
La segunda buena noticia es la constatación de que la brutalidad de la ocupación marroquí dejó de ser invisible para siempre.

Sahara Resiste

 

Resumen del informe de HRW - Marruecos/El Sahara Occidental/Argelia

 

Los derechos humanos en el Sahara Occidental y los campos de refugiados de Tinduf

Resumen .................................................................................................................. 1

Sahara Occidental .............................................................................................. 2

Los campamentos de refugiados cerca de Tinduf (Argelia) .................................. 8

Recomendaciones .................................................................................................. 12

Al Consejo de Seguridad de la ONU ................................................................... 12

Recomendaciones al Gobierno de Marruecos .................................................... 12

Recomendaciones con respecto a los derechos humanos en los campamentos de

Tinduf ............................................................................................................... 14

Al Frente Polisario ........................................................................................ 15

Al Gobierno de Argelia ................................................................................. 16

A gobiernos terceras partes y organismos regionales ........................................ 16

Recomendaciones a Estados Unidos y a Francia ................................................ 17

Este es el resumen del informe de Human Rights Watch titulado “La situación de los derechos humanos en el Sahara Occidental y los campamentos de refugiados de Tinduf”; la versión entera de dicho informe está disponible en árabe e inglés en www.hrw.org.

 

Diciembre 2008

 

Resumen

Este informe se divide en dos partes. En la primera se examinan las condiciones actuales de los derechos humanos en la región del Sahara Occidental. En la segunda se examina las condiciones actuales de los derechos humanos en los campos de refugiados saharauis cerca de Tinduf, Argelia, gestionados por el Frente Popular para la Liberación de Saguia el Hamra y Río de Oro (Frente Polisario), la organización independentista saharaui.

En el caso del Sahara Occidental, la investigación de Human Rights Watch se centra en el derecho a la libertad de expresión, asamblea y asociación para defender la autodeterminación del pueblo saharaui y sus derechos humanos. Concluimos que las autoridades marroquíes reprimen habitualmente este derecho mediante leyes que penalizan las amenazas contra la “integridad territorial de Marruecos”; detenciones arbitrarias, procesos judiciales injustos y restricciones de asociaciones y asambleas; y violencia y hostigamiento policial que quedan sin castigo.

En el caso de los campos de refugiados de Tinduf, el informe se centra en la libertad de expresión y movimiento. Concluimos que, en la actualidad, el Frente POLISARIO margina efectivamente a los que cuestionan directamente su liderazgo o su orientación política general, aunque no los encarcela. Permite que los residentes critiquen su administración diaria de los campamentos. En la práctica, los refugiados pueden salir de los campamentos a través de Mauritania, si así lo desean. Sin embargo, el temor y la presión social hacen que los que planean reasentarse en el Sahara Occidental no se atrevan a contarlo antes de irse.

La vulnerabilidad de los derechos de los residentes de los campamentos de Tinduf se mantiene debido a la situación de aislamiento, la falta de observación periódica de la situación de los derechos humanos sobre el terreno y la falta de supervisión del país de acogida para garantizar los derechos humanos de los saharauis que viven en los campamentos dentro del territorio argelino. El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas debe crear un mecanismo para la observación y la información periódica sobre las condiciones de los derechos humanos tanto en el Sahara Occidental como en los campamentos de refugiados de Tinduf.

Este informe no se ocupa de los abusos cometidos en el pasado; una cuestión que reviste importancia y merece atención inmediata. Aunque han mejorado las condiciones civiles y políticas para el disfrute de los derechos humanos en los campamentos de Tinduf y en el Sahara Occidental, desde el alto el fuego que puso fin al conflicto armado entre el Frente Polisario y Marruecos en 1991, ninguna de las partes ha llevado ante la justicia o exigido cuentas de otro modo a los responsables de las atrocidades cometidas durante el período anterior.

Human Rights Watch no se pronuncia sobre la cuestión de la independencia del Sahara Occidental ni sobre la propuesta de autonomía regional bajo la soberanía de Marruecos. No obstante, toda persona, independientemente de que viva en los territorios disputados bajo el control de facto de Marruecos o en los campamentos de refugiados administrados por el Frente Polisario, tiene derecho a que se respeten sus derechos humanos fundamentales. Los abusos cometidos por Marruecos no pueden justificar o mitigar de ninguna manera los abusos cometidos por el Frente Polisario, o viceversa.

 

Sahara Occidental

 

Las condiciones de los derechos humanos en Marruecos han mejorado constantemente en los últimos 15 años. El gobierno ha permitido mayor libertad de expresión y observación independiente de los derechos humanos; y ha establecido una comisión de la verdad que investigó y reconoció los abusos cometidos en el pasado y compensó a las víctimas. Ha puesto fin a algunas de las prácticas más graves, habituales en el pasado, como las “desapariciones” durante largos períodos.

Sin embargo, la manera en que las autoridades reprimen la oposición a la posición oficial de que el Sahara es parte de Marruecos demuestra los límites del progreso del países en materia de derechos humanos. El gobierno prohíbe las manifestaciones pacíficas y niega el reconocimiento legal de organizaciones de derechos humanos. Las fuerzas de seguridad detienen arbitrariamente a manifestantes y presuntos activistas saharauis, a los que golpean, torturan y obligan a firmar confesiones policiales incriminatorias, todo ello con virtual impunidad; y los tribunales los condenan y envían a prisión mediante procesos injustos.

Las autoridades marroquíes consideran que las “Provincias Meridionales” (como denominan el territorio en disputa) forman parte de Marruecos y están sometidas a las mismas leyes y estructuras administrativas que el resto del país. Por lo tanto, a pesar de sus características especiales, su manera de tratar la disidencia en esta región no debe considerarse un caso aislado, sino un ejemplo de la medida en que las autoridades marroquíes continúan violando los derechos humanos para reprimir la disidencia política sobre cuestiones que consideran críticas.

Dado que Human Rights Watch no realizó un estudio comparativo en varias regiones, no podemos determinar si las prácticas en materia de derechos humanos de Marruecos en el Sahara Occidental son peores o mejores que en otras zonas del país. Por supuesto, existe el problema específico de las leyes que prohíben los ataques contra la “integridad territorial” que, según la interpretación de Marruecos, incluyen la defensa de la independencia del Sahara Occidental. Pero a parte de esta cuestión, sería necesario investigar más para poder valorar si los disidentes o manifestantes que defienden otras causas políticamente sensibles en lugares como Tánger o Fez disfrutan de más libertad de asociación o asamblea, pueden ser juzgados de manera más justa o están menos expuestos a la violencia policial que los activistas saharauis de El Aaiún o Smara.

Al examinar el cumplimiento de Marruecos de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos en el Sahara Occidental, Human Rights Watch no adopta ninguna posición sobre la futura situación del territorio. Independientemente de la situación actual y la decisión final sobre este territorio, todos sus residentes tienen derecho a disfrutar de los mismos derechos humanos que están legalmente obligados a respetar los que ejercen la autoridad de facto. Cualquier mecanismo político que niegue el derecho a la libertad de expresión, asamblea y asociación pacíficas sobre una cuestión fundamental para sus vidas constituye una vulneración de sus derechos humanos.

El plan de autonomía de Marruecos. En abril de 2007, Marruecos presentó a la ONU un plan de autonomía para el Sahara Occidental que, según el gobierno marroquí, cumpliría las aspiraciones saharauis de autodeterminación manteniendo la soberanía de Marruecos. De acuerdo con la propuesta, Marruecos delegaría una parte del poder central a organismos y funcionarios elegidos localmente. Marruecos ha presentado su plan de autonomía como base para las negociaciones con el Frente Polisario.

Sin embargo, hasta donde sabemos, las autoridades marroquíes no han indicado su intención de que este plan cambie la situación en cuanto a la libertad de expresión en el Sahara Occidental. Se puede debatir libremente las diferentes maneras de implementar el plan de autonomía. No obstante, la propuesta de cualquier vía, incluido un referéndum, que pueda conducir a la independencia, seguirá considerándose un ataque contra la “integridad territorial” de Marruecos (véase la carta del Gobierno de Marruecos en el anexo 2 de este informe), que acarrea sanciones penales.

Las leyes que penalizan los ataques contra la “integridad territorial” de Marruecos. Una de las causas de las violaciones de los derechos humanos descritas en este informe es la legislación marroquí que prohíbe los ataques contra la “integridad territorial” del reino. En la práctica, esta expresión se utiliza para reprimir los cuestionamientos de la posición oficial que sostiene que el Sahara Occidental forma parte de Marruecos. Este es uno de los tres principios intocables de la legislación marroquí que limitan la liberta de expresión, junto con los “cuestionamientos” de la religión musulmana y el régimen monárquico.

El artículo 19 de la Constitución de Marruecos de 1996 declara: “El Rey… garantiza la independencia de la Nación y la integridad territorial del Reino dentro sus auténticas fronteras”. Aunque contiene algunos aspectos liberales, la Ley de Asociaciones permite la prohibición de asociaciones que, según la interpretación de los tribunales, pretendan cuestionar la “integridad territorial” de Marruecos. La Ley de Prensa de 2002, más progresistas que su versión anterior, mantiene la imposición de condenas de prisión y duras multas, y la suspensión o prohibición de una publicación, para sancionar las expresiones que cuestionen la “integridad territorial”.

La conclusión es ineludible: Las prohibiciones de las expresiones y las actividades consideradas un ataque contra la “integridad territorial” constituyen un incumplimiento de las obligaciones de Marruecos como país signatario del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) de respetar la liberta de expresión, asociación y asamblea. Las autoridades marroquíes afirman que sólo restringen las expresiones y las actividades que pueden prohibirse de acuerdo con el PIDCP, por suponer una amenaza contra la seguridad y el orden público (véase la carta del gobierno marroquí en el anexo 2 de este informe). En la práctica, emplean el concepto amplio y difuso del “cuestionamiento de la integridad territorial” para reprimir todo tipo de actividad y expresión política pacífica cuando se opone a la línea oficial sobre la cuestión del Sahara Occidental.

La necesidad de respetar los derechos en la práctica, garantizar la imparcialidad de los juicios y poner fin a la impunidad. Aunque Marruecos modificara, eliminara o interpretara de manera más estricta las leyes sobre “cuestionamiento de la integridad territorial”, la situación de los derechos humanos en el Sahara Occidental no cambiará hasta que las autoridades marroquíes respeten los derechos de los saharauis que quieren expresarse y manifestarse pacíficamente en defensa de la autodeterminación. Deben demostrar la voluntad política de pedir responsabilidades a las fuerzas de seguridad por la detención arbitraria y el hostigamiento de activistas saharauis, el uso excesivo de la fuerza en la represión de manifestaciones públicas y las torturas contra personas detenidas. Tienen que poner fin a las condenas por motivos políticos garantizando que los tribunales respeten plenamente las garantías procesales y adopten decisiones basadas en el examen imparcial de todas las pruebas pertinentes.

En El Aaiún, la ciudad más grande del Sahara Occidental, muchas víctimas saharauis de la violencia policial durante 2005, 2006 y 2007 atribuyeron las palizas y los abusos contra ellos al mismo grupo de agentes de policía. El brigadier Ichi Abou Lhacen, el agente Mustafa Kamour y el oficial Anouch Aziz, alias Tuhima, son los tres más nombrados. Las autoridades marroquíes son conscientes de que estos agentes de policía han sido objeto de numeras denuncias presentadas antes la fiscalía del Tribunal de Apelaciones de El Aaiún (véase el anexo 2). En los casos citados por Human Rights Watch, las autoridades sostuvieron que las denuncias no tenían fundamento.

Desde el período cubierto por este informe, el brigadier Abou Lahcen y el agente Kamour han sido trasladados fuera de El Aaiún; según se ha informado, el oficial Anouch sigue trabajando en la ciudad. Human Rights Watch no tiene indicios de que se haya pedido responsabilidades a ninguno de ellos por los abusos cometidos contra residentes de El Aaiún.

Hostigamiento a activistas pro derechos humanos. En este informe se documentan las diversas maneras en que las autoridades marroquíes persiguen y hostigan a los activistas pro derechos humanos saharauis. Las autoridades intentar desacreditar a muchos estos activistas acusándoles de utilizar los derechos humanos para encubrir su defensa, a veces por medio de la violencia, del programa “separatista” del Frente Polisario. Aunque niegan todo vínculo con la violencia, estos activistas defienden abiertamente la independencia como parte de su trabajo pro derechos humanos, ya que, según ellos, la violación fundamental de los derechos humanos para los saharauis es la negación de la autodeterminación. Esto los enfrenta directamente con la legislación marroquí. Aunque Human Rights Watch no adopta ninguna posición en cuanto a la independencia saharaui, defendemos el derecho de todos los que se autodenominen o no activistas pro derechos humanos a promover pacíficamente la independencia u otras soluciones al conflicto.

Las autoridades justifican las medidas represivas no sólo para impedir los ataques contra la “integridad territorial” de Marruecos, sino también a veces para prevenir la violencia. En algunas manifestaciones por la independencia y en otros incidentes, se han lanzado piedras y, en ocasiones, cócteles molotov. Estas acciones peligrosas e ilegales han provocado lesiones a policías y civiles y daños contra la propiedad, como demuestran los casos expuestos en este informe. Las autoridades marroquíes tienen el derecho y la responsabilidad de prevenir y castigar dichos actos. Sin embargo, las autoridades marroquíes prohíben prácticamente todas las reuniones, independientemente del motivo, cuando sospechan que los organizadores simpatizan con el independentismo; y reprimen habitualmente las reuniones públicas “no autorizadas” incluso cuando se trata de encuentros totalmente pacíficos.

Continúan las violaciones graves a pesar de las mejoras de los últimos años. Este informe se centra en la situación de los derechos humanos desde 2006 hasta ahora. Aunque el panorama es sombrío, la represión se ha reducido desde los setenta y ochenta, cuando Marruecos y el Frente Polisario estaban en guerra. Las autoridades marroquíes secuestraron y “desaparecieron” a cientos de saharauis y condenaron a centenares más a largas penas de cárcel con procesos judiciales injustos. Todas la regiones bajo el control de Marruecos, incluido el Sahara Occidental, han experimentado ciertos avances en materia de derechos humanos desde mediados de los noventa.

A pesar de la aplicación persistente de leyes que reprimen la defensa de la independencia del Sahara, Marruecos ha ido abriendo la puerta gradualmente y desigualmente al debate sobre esta cuestión. Por ejemplo, ha reconocido legalmente al pequeño partido político Vía Democrática (an Nahj ad Dimocrati), cuyo programa defiende que los saharauis puedan votar sobre la cuestión de la independencia. Actualmente, los activistas saharauis se oponen al control marroquí de la región en disputa, y forman asociaciones, aunque no reconocidas, para denunciar los abusos contra los derechos humanos cometidos por Marruecos y defender la independencia. Estos activistas informan y acompañan a las personas que visitan el Sahara Occidental, y viajan al extranjero para promover sus ideales en los medios internacionales y en algunos diarios independientes marroquíes como Al Massa y Al Jarida al Oula y semanarios como TelQuel y Le Journal, a pesar de que el gobierno marroquí y los medios pro gubernamentales continúan censurando dichas informaciones.

A diferencia de hace 20 años, la mayoría de las veces, los activistas saharauis realizan estas actividades y regresan a sus hogares por la noche sin que les hayan molestado. Sin embargo, tarde o temprano acaban enfrentándose a varias formas de hostigamiento que incluyen restricciones de los viajes, detenciones arbitrarias, palizas o juicios y encarcelamientos con cargos falsos. En los últimos años, en general, las sentencias judiciales impuestas a los activistas saharauis son de tres o menos años de prisión, y son generalmente más cortas que las dictadas en el período anterior. Esto hace que, en todo momento, la mayoría de los activistas saharauis pro independencia se encuentren en libertad, aunque siempre haya unos cuantos encarcelados por perseguir sus objetivos de forma pacífica.

Aunque estos progresos merecen ser mencionados, el referente para valorar la conducta actual de Marruecos con respecto a los derechos humanos no es su actuación ni la del Frente Polisario (al que se dedica una sección a parte en el informe) durante las últimas décadas. El criterio relevante es el conjunto de leyes internacionales de derechos humanos que el país ha ratificado y se ha comprometido a respetar. Con este referente, el trato de Marruecos a los saharauis que se oponen a su control continuado del Sahara Occidental vulnera los derechos humanos.

Los campamentos de refugiados cerca de Tinduf (Argelia)

Los campamentos de refugiados de Tinduf, situados en una dura región desértica de Argelia, albergan a unas 125.000 personas. Fueron establecidos hace más de 30 años por los refugiados que huían de las fuerzas marroquíes en su avance por el Sahara Occidental. La mayoría de los habitantes de los campamentos siguen viviendo en tiendas o en barracones sin agua corriente y dependiendo considerablemente de la ayuda humanitaria internacional.

En 1976, el Frente Polisario proclamó la República Árabe Saharaui Democrática (RASD). Con la cooperación de Argelia, administra los campos de refugiados cercanos a Tinduf y una franja de territorio escasamente poblado del Sahara Occidental al sudeste de la parte controlada de facto de Marruecos.

Una característica inquietante de la situación de los derechos humanos en los campamentos de Tinduf es el aislamiento de la población y la falta de observación regular de las condiciones sobre el terreno. A pesar de las declaraciones del Frente Polisario aceptando la observación internacional, la reducción aparente de la represión en los últimos años, y la presencia de muchos funcionarios extranjeros de organizaciones de desarrollo y humanitarias; los refugiados siguen expuestos a violaciones de sus derechos debido a la situación remota y el limbo legal de los campamentos. El gobierno del país de acogida, Argelia (que, según el derecho internacional, es responsable de proteger los derechos de todas las personas dentro de su territorio) ha cedido la administración de facto de los campamentos a un movimiento de liberación, que no tiene que rendir oficialmente cuentas por su conducta ante el sistema internacional de derechos humanos.

El Frente Polisario lleva más de una generación gobernando los campamentos. Los residentes están sometidos a la constitución y las leyes de la RASD. Cada día, el Frente Polisario aplica políticas y adopta decisiones que afectan a los derechos humanos de los habitantes de los campamentos. Gestiona tribunales, prisiones y una fuerza policial interna, controla las fronteras de los campamentos y es la única autoridad con la que tienen contacto habitual los residentes. Esta situación puede mantenerse durante años y, por esta razón, aunque Argelia es el responsable en última instancia, el Frente Polisario también debe rendir cuentas por el trato que da a las personas bajo su administración.

Argelia ha rechazado efectivamente toda responsabilidad por las violaciones de los derechos humanos cometidas por el Frente Polisario en su territorio nacional. Esto no puede permitirse: La comunidad internacional debe pedir cuentas al gobierno de Argelia, y al Frente Polisario, por cualquier violación cometida por este último dentro de Argelia.

Libertad de expresión. Hoy en día, casi nunca se producen detenciones por motivos políticos en los campamentos de refugiados. Los saharauis pueden criticar y critican a los líderes del Frente Polisario por cuestiones relacionadas con la gestión de los asuntos cotidianos en los campamentos o la “lucha nacional”.

Sin embargo, el Frente Polisario monopoliza el discurso político y margina a los que ponen directamente en entredicho su liderazgo continuado o se oponen a cuestiones fundamentales. En los campamentos no hay disidentes, manifestaciones, medios de comunicación u organizaciones con cierta relevancia que cuestionen abiertamente la legitimidad del Frente Polisario como representante de la causa nacional, ni que aboguen por la aceptación de la propuesta marroquí de autonomía saharaui bajo la soberanía de Marruecos. Existe un pequeño diario independiente y una facción disidente del Frente Polisario, pero su impacto en la vida pública es muy reducido. La única organización no gubernamental de derechos humanos que opera en los campamentos, la Asociación de Familiares de Presos y Desaparecidos Saharauis (AFAPREDESA), no hace un seguimiento de las violaciones dentro de los campamentos, sino que se concentra más bien en defender a las víctimas saharauis de abusos cometidos por Marruecos.

La ausencia de una oposición política significativa se debe principalmente al papel dominante del Frente Polisario en la asignación de recursos y empleos en los campamentos depauperados, cuya población está afiliada a organizaciones de masas afines al Frente Polisario (por ejemplo, la Unión Nacional de Mujeres Saharauis, la Unión de Jóvenes Saharauis y la Unión General de Trabajadores Saharauis). Aunque no exista una prohibición oficial o represión directa de su actividad, la situación se vuelve complicada para los que se oponen al Frente Polisario en cuestiones fundamentales; quienes, con frecuencia, terminan simplemente yéndose de los campamentos. Como señala un antiguo refugiado, que salió de un campamento y ha cursado estudios superiores y defiende el plan de autonomía de Marruecos: “Los que intentan oponerse al Frente Polisario desde dentro de los campamentos no llegan realmente a ninguna parte, así que simplemente se levantan un día y se van”.

Libertad de movimiento. El Frente Polisario, y muchos residentes de los campamentos, llaman “vendidos” o cosas peores a los que se van de los campamentos para vivir en la parte del Sahara Occidental controlada por Marruecos. Sin embargo, Human Rights Watch no halló prácticamente indicios de que se restringiera de manera formal o real la salida de los refugiados de los campamentos.

No obstante, todos los que se habían trasladado de los campamentos al Sahara Occidental dijeron que habían mantenido su destino en secreto, por temor a que el Frente Polisario les impidiera el viaje si se enteraba. Este temor hace que muchos se vayan sin pertenencias ni familiares a los que se llevarían normalmente, lo que conlleva presiones y penurias innecesarias. Además, la mayoría de los que se fueron lo hicieron por la carretera principal que cruza la frontera entre Argelia y Mauritania, lo que indica que confiaban en que las autoridades no les harían regresar. Los saharauis que quieren salir de los campamentos encuentran la manera de hacerlo, pero el proceso están envuelto en un manto de silencio.

Denuncias de esclavitud. El Frente Polisario ha manifestado públicamente su firme rechazo de todas las formas de esclavitud; no obstante, tiene que hacer más por erradicar las formas residuales de esclavitud que siguen afectando a los residentes negros de los campos de Tinduf.(1)

Los refugiados de raza negra, que constituyen una minoría entre la población mayoritariamente mora, nos dijeron que la esclavitud en los campamentos está relacionada actualmente con una práctica concreta: la negativa de algunos cadíes, jueces locales , a celebrar bodas de mujeres negras, calificadas informalmente de “esclavas”, sin el consentimiento de sus “dueños”. Por lo tanto, los “dueños” pueden rechazar al esposo elegido por una mujer.

Esta práctica se asemeja a la costumbre histórica mejor documentada de Malí y la tradición aún vigente en Mauritania, cuya población está culturalmente y étnicamente relacionada con los saharauis. En el Sahara Occidental nos dijeron que allí también persisten algunos restos de esclavitud.

Los dirigentes del Frente Polisario aceptan que perduran algunos aspectos históricos de la esclavitud, como los señalados anteriormente, en la sociedad saharaui y que podrían haber sido fortalecidos por funcionarios empleados por el gobierno de la RASD, a pesar de que sus leyes prohíben la esclavitud. Han documentado sus esfuerzos por sancionar a dichos funcionarios y su oposición a estas prácticas parece genuina. Las personas de raza negra con las que hablamos coincidieron en que el Frente Polisario parece contrario a la esclavitud, pero insistieron en que queda trabajo por hacer para erradicar todas las formas de esclavitud.

(1) Las personas entrevistadas por Human Rights Watch en los campamentos en relación con esta cuestión se identificaron con el término árabe aswad, negro.

 

Recomendaciones

 

Al Consejo de Seguridad de la ONU

 

Ampliar el mandato de la MINURSO (Misión de las Naciones Unidas para el referéndum del Sahara Occidental) para que incluya la verificación de la situación de los derechos humanos tanto en el Sahara Occidental como en los campamentos administrados por el Frente Polisario en Argelia; o establecer otro mecanismo de la ONU para la verificación regular dentro de la región.

 

Recomendaciones al Gobierno de Marruecos

 

Permitir la observación sobre el terreno de las condiciones de derechos humanos en el Sahara Occidental por parte de un mecanismo competente de las Naciones Unidas como la MINURSO, si la ONU amplia su mandato.

Revisar o eliminar los artículos del Código de Prensa, la Ley de Asociaciones y otras leyes que penalizan las expresiones o las actividades políticas o asociativas consideradas un cuestionamiento de la “integridad territorial” de Marruecos y se emplean para reprimir la defensa no violenta de los derechos políticos de los saharauis.

Implementar y supervisar investigaciones exhaustivas e independientes sobre las denuncias de civiles de violaciones de los derechos humanos por parte de la policía; garantizar que en la búsqueda de la verdad se solicita información a las personas que presenten las denuncias y, cuando pueda ser de utilidad, a sus familias; hacer públicos los resultados de dichas investigaciones así como cualquiera de las sanciones administrativas o disciplinarias que se adopten.

Cuando las pruebas lo justifiquen, formular cargos contra los agentes públicos implicados en actos de tortura, lo que incluye a los que ordenaron las torturas o tenían autoridad y debían haber conocido los hechos, pero no hicieron nada para prevenirla ni castigar a los responsables.

Investigar concretamente la conducta de tres agentes citados repetidamente por los denunciantes por su participación en abusos contra saharauis en El Aaiún entre 2005 y 2007: Ichi Abou Lhacen, Mustafa Kamour y Anouch Aziz; emprender medidas disciplinarias o judiciales contra ellos si lo justifican los resultados de una investigación realizada con diligencia e imparcialidad.

Garantizar que las autoridades administrativas locales acatan la Ley de Asociaciones de Marruecos dejando de rechazar los documentos fundacionales presentados por asociaciones independientes, en cumplimiento de los requisitos para su legalización. En términos generales, las autoridades sólo deben restringir el derecho a formar asociaciones o actuar dentro de ellas cuando se cumplan los criterios estrictamente definidos por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Permitir que todas las personas, incluidos los defensores de la autodeterminación del Sahara, disfruten del derecho a reunirse pacíficamente, en cumplimiento del artículo 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Las autoridades sólo deben restringir este derecho cuando se demuestre que redunda “en interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública o del orden público; o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás”; y utilizando las mínimas limitaciones posibles con respecto tanto al alcance como al tiempo.

Adoptar medidas para garantizar que las sentencias de los tribunales en los casos con un fuerte componente político se basen en el examen imparcial de todas las pruebas relevantes. Los jueces y los fiscales deben intervenir para frenar la inmunidad de los policías que maltratan a sospechosos detenidos o utilizan ilegalmente la coacción para extraer confesiones incriminatorias. Para ello pueden, por ejemplo, permitir que los sospechosos ejerzan su derecho a pedir un examen médico para comprobar el maltrato o rechazar el valor probatorio de las declaraciones, cuando se demuestre que han sido obtenidas mediante tortura.

Continuar la trayectoria positiva adoptada recientemente por Marruecos al retirar sus reservas a la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, mediante la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura. En virtud del Protocolo, los estados partes tienen la obligación de permitir el acceso a todos los centros de detención a un organismo nacional para la “prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”, así como a un subcomité del Comité contra la Tortura de la ONU. El Protocolo señala que tanto el subcomité como el organismo establecido a nivel nacional asesorarán al gobierno sobre las medidas necesarias para “la protección de las personas privadas de su libertad contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”.

Recomendaciones con respecto a los derechos humanos en los campamentos de Tinduf

En los campamentos de Tinduf se produce una situación anómala. En la práctica, Argelia, país de acogida de los refugiados, ha cedido el control de los campamentos, incluyendo la responsabilidad de garantizar los derechos humanos, al Frente Polisario, un movimiento de liberación. La población del campamento vive en las duras condiciones del desierto como refugiados huidos de su patria. Aunque el Frente Polisario y muchos de los habitantes del campamento declaran que su objetivo primordial es lograr el derecho a la autodeterminación; el Frente Polisario (y Argelia como país de acogida) deben garantizar en todo momento el respeto por los derechos humanos de los residentes de los campamentos.

Teniendo en cuenta las denuncias de abusos contra los derechos humanos que se han producido en los campamentos administrados por el Frente Polisario en las últimas tres décadas, Human Rights Watch considera necesaria una verificación regular de la situación sobre el terreno por parte de organizaciones y organismos internacionales de derechos humanos. Ni la ONU ni otras organizaciones están realizando actualmente esta verificación. El carácter remoto y aislado de los campamentos, y la renuncia de Argelia a asumir responsabilidades, subrayan la importancia de que todo programa internacional de verificación de la situación de los derechos humanos incluya también los campamentos de Tinduf.

 

Al Frente POLISARIO

 

Permitir la verificación sobre el terreno de las condiciones de derechos humanos en los campamentos de Tinduf y en la parte del Sahara Occidental controlada por el Frente Polisario por parte de un mecanismo competente de las Naciones Unidas como la MINURSO, si la ONU amplía su mandato.

Garantizar los derechos de todos los residentes de los campamentos a la libertad de asociación, asamblea y expresión, lo que incluye:

• Garantizar que los residentes de los campamentos tengan libertad para cuestionar pacíficamente al liderazgo del Frente Polisario y defender opciones para el Sahara Occidental distintas de la independencia.

• Fortalecer el derecho a la libertad de expresión eliminando, o limitando significativamente el marco de aplicación del artículo 52bis del Código Penal de la RASD, que dispone en términos poco concretos la imposición de penas de prisión por divulgar publicaciones que pudieran “perjudicar el interés público”.

• Asegurarse de que las interpretaciones de los artículos del Código Penal de la RASD relacionados con los crímenes contra la seguridad nacional sean compatibles con la legislación internacional de derechos humanos.

• Fortalecer el derecho de asamblea mediante la modificación de los artículos del Código Penal que penalizan la participación en una reunión pública de personas desarmadas porque podrían “alterar el orden público”, un criterio demasiado amplio y abierto a una interpretación represiva.

Garantizar el pleno disfrute del derecho a la libertad de movimiento de los residentes y que son conscientes de que pueden salir de los campamentos cuando quieran, incluso para instalarse en la parte del Sahara Occidental controlada por Marruecos.

Cumplir su promesa de erradicar cualquier vestigio de la esclavitud en los campamentos educando a los residentes y a todos los funcionarios públicos, animando a que denuncien estas conductas e investigando dichas denuncias, actuando con firmeza para poner fin a cualquier situación que se asemeje a la esclavitud y adoptando las medidas necesarias para la imposición de sanciones graves por infracciones como la negativa de un cadí a celebrar una boda sin el consentimiento del “dueño” de la novia.

Con respecto al confinamiento de mujeres que tienen hijos sin estar casadas, modificar el Código Penal para despenalizar el sexo por mutuo consentimiento entre personas adultas y dejar de vulnerar el derecho a la privacidad, y anular todas las condenas pendientes por este “delito”. Mientras el Frente Polisario siga confinando a mujeres presuntamente en riesgo de “crímenes de honor” debido a su supuesta actividad sexual, debe garantizar que ninguna mujer está recluida “por protección” contra su voluntad. También debe ofrecer alternativas diferentes de la reclusión para proteger a las mujeres.

Al Gobierno de Argelia

Permitir la verificación sobre el terreno de las condiciones de derechos humanos en los campamentos de Tinduf por parte de un mecanismo competente de las Naciones Unidas como la MINURSO, si la ONU amplía su mandato.

Modificar su posición aparente de cesión al Frente Polisario de la responsabilidad de la protección de los derechos humanos de la población de los campamentos de refugiados de Tinduf; y reconocer públicamente su propia responsabilidad de garantizar el respeto por los derechos de todas las personas dentro del territorio de Argelia. Esto incluye intervenir siempre y cuando se produzcan violaciones de los derechos humanos y garantizar que los responsables rindan cuentas.

A gobiernos terceras partes y organismos regionales

Los gobiernos terceras partes que participan en la búsqueda de una solución al conflicto del Sahara Occidental deben:

Garantizar, a la espera de que se resuelva el conflicto, que la población saharaui, bajo el control de facto de Marruecos o la administración del Frente Polisario, disfrute plenamente de sus derechos a la libertad de asociación, asamblea y expresión; y apoyar, con este objetivo, la ampliación del mandato de la MINURSO para que incluya la verificación de las condiciones de derechos humanos en los campamentos administrados por el Frente Polisario y en el Sahara Occidental, o el establecimiento de otro mecanismo de las Naciones Unidas para la verificación regular sobre el terreno de la situación de los derechos humanos en la región.

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